¿Qué temas debería contener la nueva Constitución?
Ad portas de la elección de los integrantes de la Convención Constituyente para la redacción de una nueva Constitución, es importante preguntarse cuáles con los temas que este nuevo texto debiera incluir.
Se espera que una Constitución al menos contenga normas sobre la organización política del Estado, la distribución de funciones entre los distintos poderes, las labores que tendrán los principales órganos estatales, normas sobre derechos fundamentales y sus garantías, y sistema de fuentes del derecho.
De esta manera, es fundamental que una Carta Magna defina cuál es la forma que tendrá el Estado, si será unitario (como hasta ahora) o compuesto (como ocurre con los Estados Federales). También se debe definir cuál es el rol que ejercerá el Estado respecto de los habitantes de la República, y de qué manera la ciudadanía podrá intervenir en las decisiones del Estado, esto es, si tendremos una democracia representativa (como hasta ahora) o bien tendremos una democracia directa o participativa donde los asuntos que actualmente se discuten en el Congreso, son sometidos previamente a plebiscito para que la ciudadanía determine si deben tener o no una regulación legal.
También la nueva constitución debe definir cuáles son los órganos indispensables para el cumplimiento de los fines del Estado y, por tanto, debe pronunciarse sobre las funciones del poder ejecutivo, legislativo y judicial como, asimismo, debería pronunciarse sobre el rol de las fuerzas armadas, de la Contraloría General de la República, y de la función y composición del Tribunal Constitucional como ente que vela por el principio de la supremacía constitucional.
Es indispensable que la nueva Constitución reconozca, promueva y ampare los derechos fundamentales que hoy constituyen la base de todo Estado de Derecho, entre ellos, el derecho a la vida, la salud, la educación, pero también es necesario que la Carta reconozca derechos específicos respecto de aquellos colectivos que normalmente se han visto excluidos, discriminados y que son grupos vulnerables, tales como las mujeres, los pueblos originarios, los migrantes, los niños, las personas mayores, y que además cuentan con derechos reconocidos en tratados internacionales que actualmente se encuentran vigentes.
Por último, y respecto del sistema de fuentes del derecho, una Constitución debería establecer de qué manera se incorporarán en Chile las normas internacionales que son de tanta relevancia en materia comercial y de derechos fundamentales.
María Lorena Rossel Castagneto Académica Derecho Constitucional Universidad de Las Américas, Sede Viña del Mar. Abogada, Doctora en Derecho. Miembro de la Asociación Chilena de Derecho Constitucional.