Ley de quiebras ayuda a los deudores a comenzar de cero en Chile
En un aproximado, más de 4,4 millones de chilenos hoy se encuentran en morosidad, lo que conlleva que exista una deuda de más de dos millones de pesos. Declararse en quiebra no solo es una opción de pago de deudas que tienen las empresas. Una persona natural puede recurrir a este beneficio de ley, y así comenzar de cero en Chile. De acuerdo a la nueva ley de quiebras es posible regularizar la situación financiera y optar a beneficios para surgir en el mercado comercial, una vez más.
Sobrevivir a las deudas y comenzar de nuevo
Ya más de 5mil personas se han acogido a la nueva ley que les permite acceder a formas de recuperación financiera y reemprendimiento. Sin duda esto es una luz en el camino, viviendo en una sociedad donde todo tipo de productos financieros se obtienen de forma fácil, lo que aumenta las posibilidades de endeudamiento. Millones de ciudadanos en Chile luchan con los pagos mensuales, siendo una parte cada vez más grande los que han tenido que declararse en quiebra.
La ley 20.720 sobre insolvencia y reemprendimiento abrió las puertas a que tanto personas jurídicas como naturales pudiera declararse en quiebra. Gracias a esto, es posible llegar a acuerdos flexibles con los acreedores, y de forma más rápida, reincorporarse en el sistema financiero.
Un experto de la Universidad Bernardo O´Higgins señaló que esta ley se creó con la finalidad de mejorar la competitividad de las PYMES. De esa forma, se le brinda a los emprendedores una nueva oportunidad de levantarse después de una mala situación económica, que lo hizo caer en la morosidad.
Se trata de una legislación novedosa pues suja al sujeto natural en este beneficio. Así que un asalariado o un independiente podrá optar por la renegociación de las deudas o liquidación de los bienes para dar fin a todo compromiso que se tenga con los acreedores.
Funcionamiento de la Ley de quiebras
De acuerdo a la normativa chilena, existen dos procedimientos para mejorar la situación financiera de una empresa o persona natural. Primero está la renegociación de pasivos que busca obtener mejores condiciones de pago para el moroso. En algunos casos, el ciudadano puede recibir rebajas en su deuda. Todo esto se hace por una mediación que realiza la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.
El otro procedimiento viene a solicitud de la liquidación de los bienes. Esto quiere decir que la persona tiene la oportunidad de saldar todas sus deudas si entrega todos sus bienes a las instituciones correspondientes. Tal proceso logra que la deuda quede completamente saldada. Vale mencionar que no importa el valor de lo que se ha vendido, incluso si el compromiso que se tiene es menor a lo que se ha obtenido de la liquidación.
En un tiempo aproximado de 9 meses, el deudor se encontrará libre de todo tipo de acciones legales en su contra. Por cuanto, no habrá más presiones gracias a las negociaciones flexibles que se han logrado. Además, sin importar el tipo de procedimiento que se elija, la información comercial quedará completamente limpia, es decir, desaparecerá toda mala reputación de bases de datos o boletines comerciales.
¿Qué pasa si la persona no se acoge a la Ley de quiebras?
Por supuesto que no hay obligación del ciudadano de sujetarse a lo que dice la ley en cuanto al pago de las deudas. Sin embargo, hay que tener en cuenta que no es cierto lo que algunos dicen que los compromisos con instituciones financieras tienen un tiempo de caducidad. Esto quiere decir, no se elimina la obligación por más que pase el tiempo y no pagues las cuotas legales.
No es raro que estos rumores corran por ahí, puesto que en algunas ocasiones el acreedor deja de contactar al moroso. No obstante, esto no quiere decir que no haya opciones legales para que este haga efectivo su dinero. Sin importar el tiempo que pase, así sean 20 años, el acreedor podrá demandar al deudor para que se le retribuya su dinero y ganancias por intereses.
En el caso que no te intereses recibir el amparo de la ley, corres el riesgo de ser embargado judicialmente, si no cumples con los pagos acordados. Por lo tanto, el procedimiento de liquidación de bienes es el que se realizará, pero mediante embargo judicial. Y si el monto de la venta de los bienes no cubre la deuda, la persona seguirá teniendo una obligación para con el acreedor.