Mujeres sin decisión, urgen cambios para la sociedad conyugal Carmen Gloria Arroyo, abogada grupodefensa.cl

Se hace sorprendente lo que se ve cuando uno analiza el rol de la mujer en la actualidad y lo compara con algunas disposiciones de nuestro código civil, que se han quedado rezagadas. A pesar de que se han presentado diversos proyectos de ley -durante las últimas décadas-, no se ha logrado concretar una esperada modificación legal sobre la administración de la sociedad conyugal.
Este régimen matrimonial desde sus inicios ha considerado a la mujer como una «incapaz relativa». Digo esto, porque los incapaces relativos, según nuestra legislación, son aquellas personas que solo pueden actuar autorizados por sus representantes legales; y en la sociedad conyugal, el rol de la mujer es comprendido de esa misma forma.
La mujer no puede actuar directa ni independientemente sobre la administración de los bienes, pero sí puede hacerlo con la autorización de su marido. Es el hombre, en este caso, el administrador de esta sociedad conyugal y el único que tiene la capacidad de decisión sobre los bienes conjuntos e incluso, mientras dura la sociedad conyugal, la tiene sobre los bienes propios de la mujer.
Sin duda, esto está bastante lejos del rol actual que tenemos, y de la igualdad de género que pretendemos que nuestra legislación consagre, a lo largo de todas las normas que rigen el quehacer de nuestra sociedad.
Proyectos para corregir esto he conocido varios. Me tocó incluso, en algún minuto, ir al Congreso para hablar sobre la evolución de la sociedad conyugal en nuestra sociedad y legislación. Durante el gobierno anterior, por ejemplo, la ministra Mónica Zalaquet tramitó y llegó a bien avanzada etapa con un proyecto de ley para reformar esta antigua y ya inaplicable regulación y hoy, en este último período también ha habido otros, pero ninguna prospera.
Nunca he entendido la lógica de por qué no avanzan, ya que si uno se pone a revisar -en la Biblioteca Nacional del Congreso- debe haber por lo menos una decena de proyectos de ley que buscan modificar esto. La verdad es que no sé qué están esperando para hacerlo: es inaceptable, en estos tiempos, que se siga considerando a la mujer en una situación de segunda categoría.
Si bien la sociedad conyugal forma un patrimonio conjunto, donde ambos cónyuges aportan, trabajan y -finalmente- si es que esto llegara a terminar, se reparte en igualdad de condiciones lo que se ha obtenido; sigue sin resolverse el tema de la administración de los bienes. Hasta ahora se han buscado métodos, a través de la historia, para compensar la desigualdad de la mujer, tanto como la compensación económica o la posibilidad de patrimonio reservado. Pero hay otras cosas que hacer.
Sería muchísimo más fácil y simple, decir que ambas personas en una sociedad conyugal tienen los mismos derechos, la misma capacidad de decisión y que, si deciden actuar como sociedad, tomarán las decisiones que la afecten como ocurre en cualquier sociedad civil, que es de común acuerdo.
Es una modificación ansiada, esperada, pero que siempre muere en la puerta del horno. Esperemos que en algún minuto se llegue a concretar, porque ya parece justo y necesario para el nuevo rol que las mujeres queremos, debemos y nos merecemos tener en una nueva sociedad.