No pago de pensiones alimenticias, un acto de violencia intrafamiliar
De siempre es conocida la situación de miles de madres que luchan contra el sistema judicial para exigir el cumplimiento de la obligación de proveer alimentos que les corresponde a los progenitores de sus hijos o hijas, quienes muchas veces, conociendo las deficiencias burlaban, evadían y manipulaban el procedimiento de ejecución, contemplado en la Ley Nº 14.908.
Afortunadamente, por iniciativa legislativa, en razón de la discusión suscitada por la posibilidad de efectuar retiros de los fondos previsionales, esta lamentable realidad se visualizó, generando una medida que responde a la necesidad imperiosa de dar solución a aquellas madres – en su mayoría- que por largo tiempo debieron asumir en soledad la cobertura de las necesidades de sus hijos e hijas.
A partir del segundo retiro de los fondos previsionales, se abrió la posibilidad de retener aquellos pertenecientes al deudor para destinarlos al pago total o parcial de las pensiones de alimento pendientes. El Estado, aunque tarde, por fortuna legisla a fines del año 2021 respecto de la necesidad de robustecer el sistema judicial de modo de garantizar preventiva y compulsivamente el cumplimiento de las obligaciones alimenticias, esta vez, visualizando realmente a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos que – por estas circunstancias- son permanentemente vulnerados, al privarlos de recursos económicos que persiguen el desarrollo integral, modesto y necesario para una subsistencia digna.
Con la dictación de la Ley Nº 21.389 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, publicada en el Diario Oficial el 18 de noviembre de 2021, se crea el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos y Sistema de Pago de las Pensiones de Alimentos y modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar los procedimientos asociados a su cumplimiento.
No cabe duda que el producto legislativo siempre será perfectible, pero representa un gran avance que en la Ley Nº 20.066, que establece la Violencia Intrafamiliar, se visualice y regule esta realidad como un acto de violencia económica, que afecta a niños, niñas y adolescentes.
Daniela Salgado Robles, Abogada, académica UCEN región Coquimbo