Comisión de Salud aprueba proyecto que sanciona hasta con cárcel la entrega de Licencias Médicas Falsas
La iniciativa legal aumenta las sanciones administrativas y penales, estableciendo la pérdida del ejercicio profesional y hasta 5 años de presidio menor en su grado máximo, en el caso de reincidencia. También se sancionará con cárcel a los que adquieran el documento de manera fraudulenta.
Listo para ser revisado en Sala, quedó el Proyecto de Ley que modifica el otorgamiento y uso de licencias médicas. El nuevo texto fortalece las facultades de los organismos reguladores y fiscalizadores, y establece las sanciones administrativas y penales, lo cual fue aprobado por unanimidad por los senadores de la Comisión de Salud del Senado.
Todo esto a propósito de la masivas denuncias y hasta detenciones de profesionales que se especializaban en entregar miles de licencias médicas fraudulentas.
La modificación legal a la actual Ley 20.585, establece desde la suspensión de 180 días de emitir licencia médica y estar en el Registro Nacional de Prestadores Individuales, hasta la inhabilidad del ejercicio profesional en el caso de falta reiterada. En los casos más graves, se aumenta en un grado la pena, llegando a 5 años de presidio menor en su grado máximo.
“Aquellos que abusan del sistema, ya sea haciendo uso de licencias médicas falsas que van a tener también sanción penal, y aquellos que otorgan esas licencias, tendrán sanciones penales y administrativas. Creemos que hemos un paso adelante y ahora debemos trabajar para agilizar el pago de licencias médicas para aquellos trabajadores que sí requieren la licencia”, sentenció de manera tajante, el senador Francisco Chahuán, presidente de la Comisión de Salud
Dentro de la tramitación, se definió quiénes estarán facultados para emitir licencias, la georreferenciación de éstas para identificar los permisos que han sido remitidos desde el extranjero, la notificación del profesional investigado, y las sanciones administrativas y penales a los infractores.
Finalmente, también fue aprobada la creación de la nómina de profesionales que la Superintendencia de Salud deberá remitir a los prestadores y operadores, los métodos de autentificación de las licencias médicas, los requisitos del formulario electrónico y de papel, la publicación que deberá hacer la SUSESO del registro público de sanciones, y los 90 días que tendrán los profesionales para solicitar inscribirse en el Registro de Prestadores Individuales.