Dirección del Trabajo fiscalizará ante denuncias derecho al descanso de trabajadores del comercio en Viernes Santo

Foco de la inspección en respuesta a denuncias serán los casos de quienes han descansado en este feriado en años anteriores.
Denuncias serán recibidas en sitio web y centro de atención telefónica institucional.
La Dirección del Trabajo (DT) fiscalizará durante el viernes 18 de abril, feriado de Viernes Santo, el derecho al descanso de trabajadores y trabajadoras del comercio, especialmente de grandes tiendas, que hayan descansado en la misma fecha en años anteriores.
Las fiscalizaciones se harán caso a caso en respuesta a denuncias interpuestas contra tiendas que hayan permanecido cerradas en aquella fecha en años anteriores y cuyos dependientes no prestaron funciones, pero que esta vez sí se les está obligando a trabajar.
En tal caso, de comprobarse que el o la denunciante efectivamente no prestó servicios durante esta festividad en años anteriores, se constatará una infracción cuya multa puede alcanzar hasta las 60 Unidades Tributarias Mensuales ($4.098.360), cuyo valor durante abril es de $68.306.
También se detectará una infracción si durante la fiscalización se constata que el empleador no mantiene en el lugar de trabajo la documentación requerida para constatar la veracidad de la denuncia. En tal caso, la multa por infracción ascenderá a 26,73 Ingresos Mínimos Mensuales ($8.798.206) para fines no remuneracionales.
Las denuncias serán recepcionadas a través del Centro de Atención Laboral (CAT), número telefónico 600 450 4000, y en el Sistema Único de Atención Ciudadana (SUAT) en el sitio web www.direccióndeltrabajo.cl