¿Bordes Constitucionales?
Desde el triunfo de la opción rechazo a la propuesta de nueva carta fundamental, ha sido una veleta que esperamos se estabilice en algún momento el comportamiento de incumbentes que forman parte de los poderes constituidos. En particular el Senado. Especialmente en lo relativo a lo que llaman “bordes” del ahora eventual nuevo proceso constituyente. Digo eventual, pues algunos no desean cambiar un ápice de la Constitución vigente, y otros pretenden darle el valor de norma pétrea, inmodificable o consustancial al constitucionalismo chileno a ciertas cuestiones, como el derecho a elegir en materia previsional, de salud o educación – sistemas que se instalaron durante la vigencia de la Carta de 1980 y que no son verdades canónicas – o la bicameralidad del Congreso y la existencia de un sistema presidencial.
Además, no podemos pasar por alto que esos bordes no son tales, sino una preconfiguración de contenidos que deberían, a juicio de quienes lo proponen, establecer una nueva Constitución. Cuestión – por decirlo elegantemente – novedosa si hablamos de nueva Constitución. Pero además que inserta, cual contrabando, el mentado derecho a elegir en materia previsional (cuestión que hoy no existe, ni normativa, ni fácticamente).En fin, esperamos que esta veleta halle un rumbo, pues no podemos olvidar que el malestar constitucional persiste y que al final del día tratar de controlar normativamente a los procesos sociales es como “ponerle puertas al campo”.
Dr. José Ignacio Núñez Leiva
Académico Facultad de Derecho UCEN