Condenan a acusados por secuestro con homicidio de Jordan Bravo

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio dictó este jueves veredicto condenatorio en contra de H.A.C.A., J.A.C.A., H.F.M.E., M.A.R.V. y M.A.R.D., acusados en calidad de autores de los delitos consumados de secuestro con homicidio en la persona de Jordan Bravo Vásquez y robo con intimidación en perjuicio de su conviviente. Ilícitos perpetrados en febrero de 2022, en el sector de la toma de Placilla.
En resolución unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Luis Miguel Araya Ávila (presidente), Paola Rojas Labarca y Edgardo Castro Fuentes (redactor)– tras la deliberación de rigor, dio por acreditados tanto la existencia del delito como la participación culpable de los cinco condenados en los hechos de la causa.
Cabe recordar que el 3 de febrero del 2022 un grupo de sujetos ingresó a la casa de la víctima, golpeándolo, secuestrándolo y huyendo hasta la localidad de Mauco, en la comuna de Quillota, donde dos de los imputados tenían domicilio.
También, los jueces condenaron a M.A.R.D. y H.F.M.E. como autores del delito de tráfico ilícito de drogas; a M.A.R.V., en calidad de autor del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades; a J.A.C.A., por su participación como autor del delito de porte ilegal de arma de fuego; y a H.F.M.E., también como autor de los delitos de porte ilegal de arma de fuego, porte de arma de fuego prohibida y porte ilegal de municiones. Todos estos ilícitos descubiertos el 22 de marzo de 2022, en las comunas de Quillota, Colina y La Cisterna.
Además, el tribunal decretó la absolución de M.A.R.V., J.A.C.A. y H.F.M.E., de los cargos que les formuló el Ministerio Público a cada uno como autor del delito de tenencia ilegal de municiones y que se dijeron descubiertos el 22 de marzo de 2022, en las comunas de Quillota, Colina y La Cisterna.
Hechos
  Durante la lectura del veredicto, se indicó que a lo largo del juicio y gracias a los medios de prueba y declaraciones de testigos, se logró establecer la dinámica de los hechos y la participación de los cinco implicados en el secuestro de Jordan Bravo.
“Conforme a la valoración de la prueba de cargo fue posible establecer los siguientes hechos; el 3 de febrero de 2022 en horas de la mañana un grupo de sujetos, entre los cuales se encontraban los acusados, previamente concertados para cometer el secuestro de la víctima, Jordan Bravo, se dirigieron en dos vehículos hasta su domicilio, ubicado en calle 23 de Noviembre s/n, toma Alto Placilla, en una camioneta donde se movilizan (dos de los involucrados) que inicia su trayecto desde la localidad de Mauco, y en un automóvil donde se movilizaron (los otros tres acusados), junto a otro sujeto aun no detenido a la fecha, el cual inicia su trayecto en la comuna de Colina, premunidos de aparentes armas de fuego y elementos contundentes”, indicó en la lectura el magistrado.
El veredicto añade que pasadas las 08:00 de la mañana de ese 3 de febrero  los sujetos ingresaron mediante el uso de la fuerza a la casa donde se encontraba la víctima, en compañía de su pareja y dos hijos pequeños, agrediendo físicamente a Jordan Bravo, sacándolo de su casa, subiéndolo contra su voluntad y semi inconsciente a uno de los móviles en que se transportaban, huyendo en dirección a la localidad de Mauco, en la comuna de Quillota.
“Al llegar a dicha localidad, los imputados, en algún entre el 3 de febrero de 2022 y el 21 de marzo de 2022, mientras mantenían a la victima privada de libertad, ejercieron acciones sobre su cuerpo, causándole la muerte, procediendo posteriormente a ocultar su cadáver, el que a la fecha no ha sido encontrado. Además los acusados durante su permanencia en la casa de la víctima, mediante intimidación sustrajeron a su conviviente un teléfono celular y dinero en efectivo”, agrega el escrito.
Fue el 21 de marzo que efectivos de PDI dieron cumplimiento de las órdenes de entrada y registro a los inmuebles de los sujetos involucrados en el delito, siendo detenidos en la región Metropolitana y la comuna de Quillota, manteniéndose en prisión preventiva desde entonces; procedimientos donde además se encontraron  armas, droga y otros elementos asociados a delitos en algunas de las propiedades.
“(Todo lo expuesto) referido a la existencia de los hechos y la participación (de) los acusados en los mismos se acreditaron en virtud a la valoración  conjunta de abundante prueba rendida en el juicio por el persecutor penal. En efecto, respecto al uso de fuerza para ingresar al inmueble de Jordan Bravo, en conjunto con los elementos utilizados para intimidar, las agresiones físicas que se hicieron sobre Jordan, la sustracción de teléfonos celulares y dinero en efectivo, así como la circunstancia de que el afectado fue sacado de su inmueble siendo golpeado en su cabeza con un objeto contundente y subido en contra de su voluntad al vehículo, dándose a la fuga del lugar, se encuentra suficiente y debidamente acreditado en primer término con las declaraciones de la pareja de la víctima y los testigos presenciales de los hechos”, señaló el magistrado en su lectura.
El proceso investigativo llevó además a consultar las placas patentes de los vehículos involucrados, donde se pudo trazar el trayecto que hicieron desde el inmueble de Jordan Bravo hasta la comuna de Quillota, mientras que los registros telefónicos también fueron claves para situar a los acusados en la localidad de Mauco, lugar al que llevaron a la víctima y donde se han centrado las búsquedas de los equipos multi-disciplinarios para dar con su cuerpo.
“Respecto  a la muerte de Jordan Bravo, señalar que no obstante no se haya encontrado su cuerpo y por tanto necesita un informe forense que de cuenta de su fallecimiento, la concatenación de toda la prueba rendida, más aquello que se analizará en la sentencia definitiva lleva a concluir que los acusados luego de conducir al afectado contra su voluntad a la localidad de Mauco, en algún momento entre el 3 de febrero de 2022 y el 21 de marzo del mismo año, mientras lo mantenían privado de libertad, ejercen acciones contra su cuerpo causándole la muerte, procediendo a ocultar su cadáver, no existiendo antecedentes o indicios que permitan inferir la duda de que se mantenga con vida, ya sea en cautiverio o por algún motivo no de signos de vida, a más de un año y medio de haber sido secuestrado”, agrega el veredicto.
La audiencia de comunicación de sentencia –que será redactada por el magistrado Castro Fuentes– quedó programada para el mediodía del próximo viernes 22 de diciembre.