EXTRACTO 01 AGOSTO 2026
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 431 de 30 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 151,
Nº 152, N° 153 y N° 165 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de BONET CORNEJO ELENA MARGARITA, GESMAQ SPA,
GESMAQ SPA y ASESORIAS E INVERSIONES BAKIO LIMIT, respectivamente, roles de avalúo 9095-2, 9095-11, 9095-10 y 9094-17 de la comuna de San Antonio, superficies 1.612 m2, 965 m2, 540 m2 y 87 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 15 de 10 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 55 de 01 de abril de 2026, integrada por Sergio Jeremías Órdenes Salinas, Marlene Teresa Ríos Marcuello yJimena Francisca Asenjo Burgos, mediante informe de tasación de 24 de abril de 2026, fijó el monto de las
indemnizaciones provisionales en las cantidades de $56.857.000 para el lote N°151, $23.473.750 para el lote N° 152, $10.251.000 para el lote N° 153 y $328.500 para el lote N° 165. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186,
de 1978. Fiscalía MOP
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 432 de 30 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 116, Nº 118 y N° 121 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSEC-TOR D: DESDE MELI-PILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de CALDERON SORIANO KARLA MARION Y OTR, de CARDENAS QUIROZ GUA-DALUPE DEL CA Y, y de ESCORZA HERNAN-DEZ CATHERINE ANDR Y, respectivamente, roles de avalúo 9049-149, 9049-29 y 9049-32 de la comuna de San Antonio, superficies 212 m2, 2.130 m2 y 525 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 14 de 10 de febrero de 2026, integrada por Handy Ghislaine Campos Sepúlveda, Va-lentina Andrea Chacalta-na Sims y Claudia Carolina San Martín Farto, mediante informe de tasación de 31 de marzo de 2026, fijó los montos de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $6.983.000 para el lote N° 116, $21.777.900 para el lote N° 118 y $9.357.000 para el lote N° 121. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 473 de 06 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 139 y Nº 140 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de SOC AGRICOLA LOS SAUCES DE LEYDA LT en los dos casos, roles de avalúo 9049-228 y 9049-229de la comuna de San Antonio, superficies 654 m2 y 19 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N°19 de 11 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 59 de 01 de abril de 2026, integrada por Sergio JeremíasÓrdenesSalinas, Jimena Francisca Asenjo Burgos y Marlene Teresa Ríos Marcuello, mediante informe de tasación de 24 de abril de 2026, fijó el monto de las indemniza-ciones provisionales en las cantidades de $7.194.000 para el lote N° 139y $209.000 para el lote N° 140. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP Nº 436 de 30 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº157, Nº159, N°161, N°163 y N°164 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSEC-TOR D: DESDE MELI-PILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de JUAN CARLOS SILVA FER-NANDEZ TRAN, ASESORIAS E INVERSIONES BAKIO LIMIT, ASESORIAS E INVERSIONES BAKIO LIMIT, ASESORIAS E INVERSIONES BAKIO LIMIT y ASESORIAS E INVERSIONES BAKIO LIMIT, respectivamente, roles de avalúo 9095-79, 9094-8, 9094-16, 9094-5 y 9094-13de la comuna de San Antonio, superficies 297 m2, 48 m2, 12 m2, 84 m2 y 46 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 15 de 10 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 55 de 01 de abril de 2026, integrada por Sergio Jeremías Órdenes Salinas, Jimena Francisca Asenjo Burgos y Marlene Teresa Ríos Marcuello, mediante informe de tasación de 24 de abril de 2026, fijó los montos de indemni-zaciones provisionales en las cantidades de $10.091.000 para el lote N° 157, $870.000 para el lote N° 159, $152.000 para el lote N° 161, $1.032.000 para el lote N° 163 y $634.500 para el lote N° 164. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 437 de 30 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 158, Nº 160 y N° 162 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSEC-TOR D: DESDE MELI-PILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE CARTAGENA, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de LUZ MARIA LORETO HE-RRERA PRUSSING en los tres casos, roles de avalúo 1101-194, 1101-188 y 1101-193de la comuna de Cartagena, superficies 334 m2, 289 m2 y 49 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 15 de 10 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 55 de 01 de abril de 2026, integrada por Marlene Teresa Ríos Marcuello, Sergio Jeremías Órdenes Salinas y Jimena Francisca Asenjo Bur-gos, mediante informe de tasación de 24 de abril de 2026, fijó los montos de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $8.512.000 para el lote N° 158, $7.225.000 para el lote N° 160 y $1.561.000 para el lote N° 162. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 444 de 30 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 109, Nº 111, N° 112 y N° 114 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78. SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de SOC AGRICOLA LOS SAUCES DE LEY, NANCY DELCARMEN RIQUEL-ME HERNANDEZ, RI-QUELME HERNANDEZ ALEJANDRO Y OTRO, y deRIQUELME HERNA-DEZ NANCY DEL CARMEN, respectivamente, roles de avalúo 9049-4, 9049-273, 9049-71 y 9049-76de la comuna de San Antonio, superficies 424 m2, 108 m2, 187 m2 y 665 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 14 de 10 de febrero de 2026, integrada por Handy Ghislaine Campos Sepúlveda, Valentina Andrea Chacaltana Sims, Claudia Carolina San Martín Farto, mediante informe de tasación de 31 de marzo de 2026, fijó el monto de las indemniza-ciones provisionales en las cantidades de $1.553.200 para el lote N° 109, $1.727.000 para el lote N° 111, $5.030.500 para el lote N° 112 y $7.710.650 para el lote N° 114. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 446 de 30 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 167, Nº 168, N° 172 y N° 173 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de ASESORIAS E INVERSIONES BAKIO LIMIT, AGRICOLA ARIZTIA LTDA, AGRICOLA ROBLEDAL LIMITADA y AGRICOLA ROBLEDAL LIMITADA, respectivamente, roles de avalúo 9094-1, 9035-339, 9035-338 y 9035-338de la comuna de San Antonio, superficies 42 m2, 7.312 m2, 1.034 m2 y 1.184 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 17 de 10 de abril de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 57 de 01 de abril de 2026, integrada por Ricardo Antonio StricklerArellano, Constanza Camila VásquezMuñoz y Patricio DesiderioArandaRivillo, mediante informe de tasación de 23 de abril de 2026, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $797.000 para el lote N° 167, $234.374.000 para el lote N° 168, $33.328.000 para el lote N° 172 y $38.841.000 para el lote N° 173. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 448 de 30 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 175 y Nº 176 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de AGRICOLA ROBLEDAL DOS LTDA.y AGRICOLA ARIZTIA LTDA, respectivamente, roles de avalúo 9035-340 y 9035-19de la comuna de San Antonio, superficies 556 m2 y 222 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 17de 10 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 57 de 01 de abril de 2026, integrada por Ricardo Antonio Strickler Arellano, Constanza Camila Vásquez Muñoz y Patricio Desiderio Aranda Rivillo, mediante informe de tasación de 23 de abril de 2026, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $18.547.000 para el lote N° 175y $7.344.000 para el lote N° 176. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 450 de 30 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 144, Nº 145 y N° 146 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSEC-TOR D: DESDE MELI-PILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de HE-RRERA VELIS BENJAMIN ADOLFO, POZO CUEVAS JORGE y VASQUEZ MERINO IGNACIO SAMUEL, respectivamente, roles de avalúo 9049-258, 9049-24 y 9095-13de la comuna de San Antonio, superficies 582 m2, 1.548 m2 y 322 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 19 de 11 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 59 de 01 de abril de 2026, integrada por Marlene Teresa Ríos Marcuello, Sergio Jeremías ÓrdenesSalinas yJimena Francisca Asenjo Burgos, mediante informe de tasación de 24 de abril de 2026, fijó los montos de las indem-nizaciones provisionales en las cantidades de $8.774.800 para el lote N° 144, $10.277.600 para el lote N° 145 y $5.916.000 para el lote N° 146. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
EXTRACTO
Por Decreto (Exento) MOP. Nº 452 de 30 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 97, Nº 98, N° 99 y N° 103 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSEC-TOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de SCOTIABANK CHILE, SCOTIABANK CHILE, SCOTIABANK CHILE y de INMOBILIARIA CAS-TILLA SPA, respectivamente, roles de avalúo 9049-8, 9049-8, 9049-8 y 9049-19de la comuna de San Antonio, superficies 1.189 m2, 330 m2, 504 m2 y 358 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 13 de 10 de febrero de 2026, integrada por Handy Ghislaine Campos Sepúlveda, Valentina AndreaChacaltanaSims yClaudia CarolinaSan MartínFarto, mediante informe de tasación de 31 de marzo de 2026, fijó el monto de las indemniza-ciones provisionales en las cantidades de $1.795.700 para el lote N° 97, $429.000 para el lote N° 98, $955.200 para el lote N° 99 y $2.897.800 para el lote N° 103. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 454 de 30 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropió el lote de terreno Nº 100 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figura a nombre de JEREZ ARMIJO RAFAEL ANTONIO Y OTROS, rol de avalúo 9049-112de la comuna de San Antonio, superficie 547 m2. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 13 de 10 de febrero de 2026, integrada por Handy Ghislaine Campos Sepúlveda, Valentina AndreaChacaltanaSims yClaudia CarolinaSan Martín Farto, mediante informe de tasación de 31 de marzo de 2026, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $961.100 para el lote N° 100. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 455 de 30 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 104, Nº 105, N° 106, N° 107 y N° 108 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de INMOBILIARIA CASTILLA SPA, INMOBILIARIA CASTILLA SPA, RENTA E INVERSIONES R, SANDANO HERNANDEZ BERNAR-DA DEL C Y, y deALAS DEL NORTE S A, respectivamente, roles de avalúo 9049-23, 9049-23, 9049-35, 9049-37 y 9049-38de la comuna de San Antonio, superficies 196 m2, 184 m2, 503 m2, 203 m2 y 170 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 13 de 10 de febrero de 2026, integrada por Handy Ghislaine Campos Sepúlveda, Valentina Andrea Chacaltana Sims y Claudia CarolinaSan Martín Farto, mediante informe de tasación de 31 de marzo de 2026, fijó los montos de indemni-zaciones provisionales en las cantidades de $391.600 para el lote N° 104, $1.176.400 para el lote N° 105, $1.644.842 para el lote N° 106, $395.100 para el lote N° 107 y $339.000 para el lote N° 108. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 458 de 30 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 178, Nº 180, N° 183 y N° 187 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO que figuran a nombre de AGRICOLA ROBLEDAL DOS LTDA., AGRICOLA MALVILLA LTDA, AGRICOLA MAL-VILLA LTDA y AGRICOLA MALVILLA LTDA, respectivamente, roles de avalúo 9035-340, 9035-346, 9035-296 y 9035-299de la comuna de San Antonio, superficies 2.652 m2, 32.234 m2, 68.484 m2 y 4.808 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 18 de 11 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 58 de 01 de abril de 2026, integrada por Ricardo Antonio Strickler Arellano, Constanza Camila Vásquez Muñoz y Patricio Desiderio Aranda Rivillo, mediante informe de tasación de 23 de abril de 2026, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $83.120.000 para el lote N° 178, $983.694.000 para el lote N° 180, $2.092.128.000 para el lote N° 183 y $147.958.000 para el lote N° 187. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 459 de 30 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 179 y Nº 179-1 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSEC-TOR D: DESDE MELI-PILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE CARTAGENA, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de COSE-DUCAM S A y COSE-DUCAM S.A., respectivamente, roles de avalúo 1101-45 y 1101-67de la comuna de Cartagena, superficies 1.147 m2 y 135 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 18 de 11 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 58 de 01 de abril de 2026, integrada por Ricardo Antonio Strickler Arellano, Constanza Camila Vásquez Muñoz y Patricio Desiderio Aranda Rivillo, mediante informe de tasación de 23 de abril de 2026, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $155.008.400 para el lote N° 179y $6.750.000 para el lote N° 179-1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 480 de 7 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 134, Nº 135, N° 136, N° 137 y N° 138 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00,COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de SOC AGRICOLA LOS SAUCES DE LEY, IBANEZ VIAL GONZALO, SOC AGRICOLA LOS SAUCES DE LEYDA LT, SOC AGRICOLA LOS SAUCES DE LEYDA LT y SOC AGRIC SAN RAMON, respectivamente, roles de avalúo 9049-4, 9049-225, 9049-226, 9049-227 y 9049-36de la comuna de San Antonio, superficies 24.474 m2, 1.743 m2, 1.703 m2, 799 m2 y 4.047 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 19 de 11 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 59 de 01 de abril de 2026, integrada por Sergio Jeremías Órdenes Sali-nas,Marlene Teresa Ríos Marcuello y Jimena Francisca Asenjo Burgos, mediante informe de tasación de 24 de abril de 2026, fijó los montos de indemnizaciones provisionales en las cantidades de $286.352.344 para el lote N° 134, $19.173.000 para el lote N° 135, $18.733.000 para el lote N° 136, $8.789.000 para el lote N° 137 y $27.520.400 para el lote N° 138. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 481 de 07 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropió el lote de terreno Nº 113 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, cuyo propietario según inscripción es ARMANDO DEL CARMEN RIQUELME FUENTES, conforme registro de propiedad de Fojas 1.825V N° 2.077, Año 1986, CBR San Antonio, en la comuna de San Antonio, superficie 49 m2. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 22 de 11 de febrero de 2026, integrada por Handy Ghislaine Campos Sepúlveda, Valentina Andrea Chacaltana Sims y Claudia CarolinaSan Martín Farto, mediante informe de tasación de 31 de marzo de 2026, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.160.500 para el lote N° 113. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 497 de 08 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 129, Nº 130, N° 131, N° 132 y N° 133 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de SA-LAZAR VICUNA ANA MARIA, SALAZAR VICUNA ANA MARIA, INVERSIONES SAN ALBANO SPA, SOC AGRIC SAN RAMON y SOC AGRIC SAN RAMON, respectivamente, roles de avalúo 9049-179, 9049-179, 9049-266, 9049-36 y 9049-36de la comuna de San Antonio, superficies 9.021 m2, 755 m2, 133 m2, 436 m2 y 9.718 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 19 de 11 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 59 de 01 de abril de 2026, integrada por Sergio Jeremías Órdenes Salinas, Marlene Teresa Ríos Marcuello y Jimena Francisca Asenjo Burgos, mediante informe de tasación de 24 de abril de 2026, fijó los montos de indemnizaciones provisionales en las cantidades de $222.295.000 para el lote N° 129, $7.867.000 para el lote N° 130, $594.100 para el lote N° 131, $1.595.200 para el lote N° 132 y $34.403.200 para el lote N° 133. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP.Nº 498 de 8 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 147, Nº 148, N° 154 y N° 155 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de MARIA PIA JESUS ASTORGA DIAZ, ASTORGA BARA-HONA MARIA PATRICIA, DOLL MARCU BESSIE N y ASTORGA BARA-HONA MARIA PATRICIA, respectivamente, roles de avalúo 9049-199, 9095-6, 9095-1 y 9095-80de la comuna de San Antonio, superficies 8.493 m2, 463 m2, 2.049 m2 y 731 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 15 de 10 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 55 de 01 de abril de 2026, integrada por Sergio Jeremías Órdenes Salinas, Marlene Teresa Ríos Marcuello y Jimena Francisca AsenjoBurgos, mediante informe de tasación de 24 de abril de 2026, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $55.803.600 para el lote N° 147, $10.786.500 para el lote N° 148, $28.945.200 para el lote N° 154 y $10.516.000 para el lote N° 155. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 499 de 8 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 123, Nº 124, N° 125 y N° 126 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de INVERSIONES SAN ALBANO SPA, AGUILERA MOYA-NO HERNAN D, INVERSIONES SAN ALBANO SPA e INVERSIONES SAN ALBANO SPA, respectivamente, roles de avalúo 9049-262, 9049-176, 9049-260 y 9049-266de la comuna de San Antonio, superficies 340 m2, 5.072 m2, 1.166 m2 y 1.605 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 14 de 10 de febrero de 2026, integrada por Handy Ghislaine Campos Sepúlveda,Valentina AndreaChacaltana Sims y Claudia Carolina San Martín Farto, mediante informe de tasación de 31 de marzo de 2026, fijó el monto de las indemni-zaciones provisionales en las cantidades de $6.525.000 para el lote N° 123, $56.147.500 para el lote N° 124, $15.698.200 para el lote N° 125 y $9.355.500 para el lote N° 126. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 500 de 08 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 149 y Nº 156 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, cuyo propietario según inscripción es MARIA PATRICIA ASTORGA BARAHONA en los dos casos, conforme registro de propiedad de Fojas 2.510 N° 2.353, Año 1992, CBR San Antonio para ambos lotes, comuna de San Antonio, superficies 248 m2 y 67 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 16 de 10 defebrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 56 de 01 de abril de 2026, integrada por Marlene Teresa Ríos Marcuello, Sergio Jeremías Órdenes Salinas yJimena Francisca AsenjoBurgos, mediante informe de tasación de 24 de abril de 2026, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $9.464.000 para el lote N° 149y $394.250 para el lote N° 156. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
EXTRACTO
Por Decreto (Exento) MOP. Nº 510 de 10 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 189, Nº 194, N° 195 y N° 196 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de AGRICOLA MALVILLA LTDA, SOC TRANSPORTES FUENTES LTDA, TRANSPORTES AN-CAR LTDA y EMBOTE-LLADORA ANDINA SA, respectivamente, roles de avalúo 9035-299, 11100-12, 11100-13 y 11100-181de la comuna de San Antonio, superficies 1.811 m2, 58 m2, 397 m2 y 2.352 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 7 de 03 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 52de 31 de marzo de 2026, integrada por María Josefina Pizarro Sandoval, Andrés Rainer Schulz Villanueva y Verónica Paz Olivier Valdebenito, mediante informe de tasación de 23 de abril de 2026, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $57.901.500 para el lote N° 189, $5.584.000 para el lote N° 194, $58.331.000 para el lote N° 195 y $226.007.170 para el lote N° 196. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 516 de 14 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropió el lote de terreno Nº 190 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE CARTAGENA, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figura a nombre de INVERSIONES LAS MAJADAS LIMITADA, rol de avalúo 1101-103de la comuna de Cartagena, superficie 313 m2. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 7de 03 de febrero de 2026, modificada por Resoluciones Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 52,de 31 de marzo de 2026 y N° 88, de 06 de mayo de 2026, integrada por María Josefina Pizarro Sandoval, Verónica Paz Olivier Valdebenito, Andrés RainerSchulzVillanueva, mediante informe de tasación de 23 de abril de 2026, complementado por Acta de 11 de mayo de 2026, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $21.830.000 para el lote N° 190. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por resolución de 26 de junio de 2026, 5° Juzgado Civil Valparaíso, gestión voluntaria rol V-49-2026, consignación valor expropiación lote N° 27, de 13 m2, individual-izado en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Vialidad, rol de avalúo 278-37, comuna ALGARROBO, figura a nomre MAGGI ZAVALA RINA ASTRID, necesario ejecución obra pública: MIRASOL BIFURCACIÓN QUINTAY, RUTA F-814, expropiación dispuesta por Decreto Supremo Exento N° 126 de 9 de abril de 2026, ordenó poner conocimiento expropiado MAGGI ZAVALA RINA ASTRID, respecto lote N° 27, Km. 1,54200 al Km. 1,56000, o sucesores en dominio, mediante avisos, petición Fisco toma posesión material lote expropiado efectuada dentro de 60 días hábiles desde publicación acto expro-piatorio 02 de mayo de 2025 en el Diario Ofical y con la misma fecha en el Diario El Líder de San Antonio. Para efectos previstos Art. 21 DL 2.186, expropiados y/o terceros tienen plazo cinco días manifestar decisión recoger frutos pendientes, si hubiere, bajo apercibimiento legal. Avisos exigidos Art. 23 DL 2.186, publicados en Diario Oficial 15 de junio de 2026 y Diario El Proa de San Antonio 10 de junio de 2026. Secretaría.











