EXTRACTO 17 AGOSTO 2026
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 521 de 22 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 198 y Nº 199 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de TORRES OPAZO RAUL ANTONIO y NILO BUSTOS ADRIANA Y OTRO, respectivamente, roles de avalúo 9068-223 y 9068-201de la comuna de San Antonio, superficies 508,90 m2 y 431,80 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 7de 03 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 52de 31 de marzo de 2026, y por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 88 de 08 de mayo de 2026, integrada por María Josefina Pizarro Sandoval, Andrés Rainer SchulzVillanueva yVerónica Paz Olivier Valdebenito, mediante informe de tasación de 23 de abril de 2026, complementado por Acta de 11 de mayo de 2026, fijó el monto de las indemniza-ciones provisionales en las cantidades de $60.822.200 para el lote N°198y $104.377.900 para el lote N°199. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto MOP (Exento) Nº 522 de 22 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 204, Nº 205, N° 206, N° 207 y N° 208 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de SERVICIOS DE BODEGAJE PUERTO SAN, VIAL GARCIA-HUIDOBRO RAQUEL Y OTROS, VIAL GARCIA-HUIDOBRO RAQUEL Y OTROS, IMOBILIARIA LA ARDILLA e IMOBILIARIA LA ARDILLA, respectivamente, roles de avalúo 9035-140, 9035-342, 9035-342, 9035-141 y 9035-141de la comuna de San Antonio, superficies 263 m2, 5.443 m2, 6.154 m2, 3.110 m2 y 1.763 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 7 de 03 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 52 de 31 de marzo de 2026, integrada porMaría Josefina Pizarro Sandoval, Andrés Rainer Schulz Villanueva y Verónica Paz Olivier Valdebenito, mediante informe de tasación de 23 de abril de 2026, fijó los montos de indemnizaciones provisionales en las cantidades de $8.182.000 para el lote N° 204, $185.062.000 para el lote N° 205, $184.620.000 para el lote N° 206, $93.300.000 para el lote N° 207 y $59.942.000 para el lote N° 208. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 523 de 22 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 169, Nº 170 y N° 171 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSEC-TOR D: DESDE MELI-PILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE CARTAGENA, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de MAL-VILLA VALLEY INGRE-DIENT SPA, LUZ MARIA LORETO HERRERA PRUSSING y AGRICOLA ROBLEDAL LIMITADA, respectivamente, roles de avalúo 1101-196, 1101-195 y 1101-74de la comuna de Cartagena, superficies 336 m2, 211 m2 y 2.452 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 17 de 10 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 57 de 01 de abril de 2026, integrada por Ricardo Antonio Strickler Arellano, Constanza Camila Vásquez Muñoz y Patricio Desiderio Aranda Rivillo, mediante informe de tasación de 23 de abril de 2026, fijó los montos de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $26.031.000 para el lote N° 169, $17.660.000 para el lote N° 170 y $78.590.000 para el lote N° 171. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 524 de 22 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropió el lote de terreno Nº 150 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figura a nombre de MOYANO FARIAS MAURICIO, rol de avalúo 9095-5de la comuna de San Antonio, superficie 1.023 m2. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N°15 de 10 de febrero de 2026, modificada por Resoluciones Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 55de 01 de abril de 2026 y N° 143 de 18 de junio de 2026, integrada por Marlene Teresa Ríos Marcuello, Sergio Jeremías Órdenes Salinas y Jimena Francisca Asenjo Bur-gos, mediante informe de tasación de 24 de abril de 2026, complementado con Acta de 22 de junio de 2026, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $127.946.000 para el lote N° 150. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 525 de 22 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropió el lote de terreno Nº 119 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figura a nombre de HERNAN-DEZ BUSTOS JAIME FERNANDO, rol de avalúo 9049-28de la comuna de San Antonio, superficie 3.247 m2. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 14 de 10 de febrero de 2026, integrada por Handy Ghislaine Campos Sepúlveda, Valentina Andrea Cha-caltana Sims y Claudia Carolina San Martín Farto, mediante informe de tasación de 31 de marzo de 2026, complementado con Acta de 10 de junio de 2026, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $42.671.500 para el lote N° 119. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 565 de 24 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 201 y Nº 202 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de I MUNICIPALIDAD DE CARTAGENA, y de MARCELA ANDREA TORO FUENTES Y OTROS, respectivamente, roles de avalúo 11100-27 y 11100-16de la comuna de San Antonio, superficies 608 m2 y 38 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 7 de 03 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 52de 31 de marzo de 2026, integrada por María Josefina Pizarro Sandoval, Andrés Rainer Schulz Villanueva y Verónica Paz Olivier Valdebenito, mediante informe de tasación de 23 de abril de 2026, fijó el monto de las indemni-zaciones provisionales en las cantidades de $46.918.000 para el lote N° 201y $3.801.500 para el lote N° 202. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 579 de 28 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 110, Nº 117 y N° 120 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSEC-TOR D: DESDE MELIPI-LLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de MORALES ALCAINO LILIANA DEL CARMEN, MORALES ALCAINO LILIANA DEL CARMEN y HER-NANDEZ BUSTOS MAU-RICIO DARI, respectivamente, roles de avalúo 9049-33, 9049-33 y 9049-47de la comuna de San Antonio, superficies 599 m2, 171 m2 y 135 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 14 de 10 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 141 de 17 de junio de 2026, integrada por Handy Ghislaine Campos Sepúlveda, Valentina Andrea Chacal-tana Sims y Claudia Carolina San Martín Farto, mediante informe de tasación de 31 de marzo de 2026, fijó los montos de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $7.562.500 para el lote N° 110, $3.956.500 para el lote N° 117 y $2.826.500 para el lote N° 120. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 580 de 28 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 191, Nº 192 y N° 193 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSEC-TOR D: DESDE MELI-PILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE CARTAGENA, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de TRANSPORTES COMETA S A, PENALOZA ULLOA GABRIEL MAURICIO y TRANSPORTES MORROS LIMITADA, respectivamente, roles de avalúo 1100-207, 1100-216 y 1100-6de la comuna de Cartagena, superficies 1.600 m2, 39 m2 y 2.182 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 7 de 03 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 52de 31 de marzo de 2026, integrada por María Josefina Pizarro Sandoval, Andrés Rainer Schulz Villanueva, y Verónica Paz Olivier Valdebenito, mediante informe de tasación de 23 de abril de 2026, fijó los montos de las indemni-zaciones provisionales en las cantidades de $109.145.000 para el lote N° 191, $10.347.000 para el lote N° 192 y $180.301.000 para el lote N° 193. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 582 de 28 de julio de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 200 y Nº 203 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE CARTAGENA, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de BISBAL EMBRY HILDA DEL CARMEN en ambos casos, los dos con rol de avalúo 1100-262de la comuna de Cartagena, superficies 2.780 m2 y 924 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 7 de 03 de febrero de 2026, modificada por Resoluciones Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 40de 19 de marzo de 2026 y N° 52de 31 de marzo de 2026, integrada porMaría Josefina Pizarro Sando-val, Andrés Rainer Schulz Villanueva y Verónica Paz Olivier Valdebenito, mediante informe de tasación de 23 de abril de 2026, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $162.275.000 para el lote N° 200y $54.002.000 para el lote N° 203. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 587 de 3 de agosto de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 101 y Nº 102 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSEC-TOR D: DESDE MELI-PILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, que figuran a nombre de AGRO-INDUSTRIAL Y OLIVI-COLA RUTA DEL en ambos casos, los dos con rol de avalúo 9049-3de la comuna de San Antonio, superficies 241 m2 y 3.584 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 13 de 10 de febrero de 2026, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 140 de 17 de junio de 2026, integrada por Handy Ghislaine Campos Sepúlveda, Valentina Andrea Chacaltana Sims y Claudia CarolinaSan MartínFarto, mediante informe de tasación de 31 de marzo de 2026, fijó el monto de las indemni-zaciones provisionales en las cantidades de $3.235.600 para el lote N° 101y $17.837.400 para el lote N° 102. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 608 de 04 de agosto de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 174 y Nº 177 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSEC-TOR D: DESDE MELI-PILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE CARTAGENA, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, cuyo propietario según inscripción es AGRICOLA ROBLEDAL LIMITADA en los dos casos, de acuerdo a registro de propiedad de Fojas 2.588 N° 2.035 Año 2013, CBR San Antonio, comuna de Cartagena, superficies 424 m2 y 899 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 17 de 10 de febrero de 2026, modificada por Resoluciones Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 57 de 01 de abril de 2026, N° 172 de 26 de junio de 2026, integrada por Ricardo Antonio Strickler Arellano, Constanza Camila Vásquez Muñoz y Patricio Desiderio Aranda Rivillo, mediante informe de tasación de 23 de abril de 2026, complementado por Actas de 01 de julio de 2026, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $15.260.000 para el lote N° 174y $29.489.000 para el lote N° 177. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº 609 de 04 de agosto de 2026, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP. Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 y del DFL MOP. Nº 206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno Nº 141, Nº 142 y N° 143 para la obra: CONCESIÓN AUTOPISTA SANTIAGO – SAN ANTONIO, RUTA 78 SECTOR 1 SUBSECTOR D: DESDE MELIPILLA HASTA ENLACE REUSS. KM 66.500,00 A KM 109.000,00, COMUNA DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, REGIÓN DE VALPARAÍSO, cuyo propietario según inscripción es RICARDO ARMANDO AVILA ANTIO en los tres casos, conforme registro de propiedad de Fojas 3.363 N° 4.028 del año 2023 respecto de los lotes N°s 141 y 142, y de Fojas 3.364 N° 4.030 del año 2023 respecto del lote N° 143, en los tres casos ante el CBR de San Antonio, comuna de San Antonio, superficies 258 m2, 150 m2 y 880 m2, respectivamente. La comisión de peritos, nombrada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 19 de 11 de febrero de 2026, modificada por Resoluciones Expropiaciones Fiscalía (Exenta) N° 59de 01 de abril de 2026 y N° 162 de 24 de junio de 2026, integrada por Sergio Jeremías Órdenes Salinas, Marlene Teresa Ríos Marcuello y Jimena FranciscaAsenjoBurgos, mediante informe de tasación de 24 de abril de 2026, complementado por Actas de 02 de julio de 2026, fijó los montos de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $2.838.000 para el lote N° 141, $1.738.000 para el lote N° 142 y $9.812.000 para el lote N° 143. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP.











