Comisión de Libertad Condicional acoge el 7% de solicitudes recibidas en segunda sesión: 8 son de San Antonio
La Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso acogió 56 de las 800 solicitudes recibidas a evaluación durante su segunda sesión de 2026, cifra equivalente al 7% del total de postulaciones provenientes de los distintos establecimientos penitenciarios de la región.Del CCP de San Antonio, se acogieron ocho y se rechazaron 30.
. En el Complejo Penitenciario de Valparaíso, recinto desde el cual provino el mayor número de postulaciones, se revisaron 477 solicitudes: 17 fueron concedidas, 445 rechazadas, 14 omitidas y una quedó en trámite.
.Requisitos establecidos por la ley
El trabajo de la Comisión de Libertad Condicional está regulado por el Decreto Ley N°321, de 1925, normativa reformada por la Ley 21.124, que entró en vigencia en enero de 2019.
La libertad condicional es una forma particular de cumplir en libertad una pena privativa de libertad, bajo determinadas condiciones. Su concesión no extingue ni modifica la duración de la condena impuesta por sentencia.
La normativa establece que pueden postular a este beneficio las personas condenadas a penas privativas de libertad superiores a un año que, además, hayan cumplido la mitad de la condena o el tiempo especial exigido para determinados delitos.
Esto significa que, en el caso de personas condenadas por delitos expresamente señalados en la ley —como parricidio, femicidio, homicidio simple o calificado, robo con homicidio, violación, robo con violencia o intimidación y elaboración o tráfico de estupefacientes, entre otros—, la postulación solo puede efectuarse una vez cumplidos dos tercios de la pena.
Además, la persona postulante debe haber mantenido una conducta intachable durante el cumplimiento de la condena y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por profesionales del área técnica de Gendarmería de Chile. Este antecedente debe dar cuenta, entre otros asuntos, de los factores de riesgo de reincidencia y de las posibilidades de reinserción social.
La legislación dispone que corresponde a la comisión conceder o rechazar el beneficio, mediante una resolución fundada. Para ello, debe constatar el cumplimiento de los requisitos legales y revisar los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile, junto con aquellos que considere necesarios para resolver cada solicitud.
De este modo, la concesión de la libertad condicional responde a la verificación de las condiciones establecidas por la normativa para cada postulante y no constituye una modificación ni una reducción de la pena impuesta por sentencia.
Otro aspecto relevante es que, en noviembre de 2023, la Ley 21.627 aumentó las exigencias para acceder a la libertad condicional y reforzó los derechos de las víctimas. En ese sentido, otorgó el carácter de antecedente calificado al informe psicosocial de Gendarmería y estableció la notificación de las postulaciones a las víctimas, quienes pueden presentar alegaciones por escrito y, en casos especialmente calificados, solicitar ser oídas por la comisión.
El texto vigente del Decreto Ley N°321 incorpora, además, una modificación introducida en febrero de 2025 por la Ley 21.732, que actualizó las disposiciones aplicables a personas condenadas por delitos terroristas.











