Recomendaciones para arriendos de verano

Durante el verano muchas familias deciden salir de su residencia y optan por las opciones más prácticas para vacacionar cómodos y con precios razonables. Esto se traduce, la mayoría de las veces, en el arriendo de una casa o cabaña, lo cual por su parte resulta un lucrativo negocio para los arrendadores. Lo cierto es que desde el punto de vista práctico jurídico se deben tener presente algunas consideraciones relevantes al momento de elegir el lugar de descanso.

Hay que tener clara la diferencia entre un servicio que se encuentra resguardado por las normas de la Ley del Consumidor y otro que no. Para ello, el arriendo con fines turísticos debe ser realizado por un proveedor, que se define como aquella persona natural o jurídica que habitualmente desarrolle actividades, en este caso, de prestación de servicios a consumidores. Por ello, la habitualidad en este caso brindará el marco normativo que establece importantes derechos para el consumidor, como de garantía, a información veraz y oportuna, de seguridad en el consumo de bienes y servicios, y cumplimiento de ofertas publicitarias, entre otros.

Esto también exige la formalidad del negocio con la respectiva extensión de boleta por los servicios, lo cual ayudará a acreditar el servicio ante posteriores reclamos ante el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac). Por otro lado, si no se trata de un servicio habitual, y este no se da en condiciones de formalidad comercial, se dificulta la acción fiscalizadora y la aplicación de las normas de la Ley del Consumidor al caso en concreto. Por ello, recomendamos solo arrendar inmuebles ante negocios o prestadores de servicio formales.

Frente a incumplimiento de condiciones comerciales se puede realizar un reclamo ante el Sernac, quien en principio citará a las partes una mediación para efectos de buscar una solución pacífica entre las partes, dado que el mencionado ente no tiene facultades sancionatorias. De no existir acuerdo, al consumidor le queda el camino de una denuncia infraccional ante el Juzgado de Policía Local respectivo, quien puede aplicar sanciones y ordenar indemnizar los eventuales daños causados. Todo ello implica no poco engorrosos trámites, así como la contratación de un abogado, por lo que la recomendación siempre es informarse previamente, buscar opciones que permitan reservar el lugar sin abonos previos y solo pagar una vez que se haya verificado la calidad y seriedad del servicio.

Sebastián Henríquez Académico Carrera de Derecho Universidad de Las Américas Sede Concepción