Condenan a 20 de cárcel a autor de homicidio de Claudia Díaz Pérez

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio condenó a Julio Alexis Ramis Padilla a la pena efectiva de 18 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple de la víctima, además de la pena de dos años de presidio por el delito consumado de hurto simple. Ilícitos perpetrados el 10 de diciembre de 2022, en la comuna de Cartagena.
En fallo unánime, el tribunal –constituido por los magistrados Edgardo Castro Fuentes (presidente), Sergio Rojas Bustos y Marcelo Aguilar Donoso (redactor)– aplicó, además, a Ramis Padilla las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena; sin el pago de las costas de la causa.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
El juez redactor de la causa, magistrado Marcelo Aguilar Donoso, detalló –además- en la lectura del considerando cuarto de la sentencia, que “la multa impuesta al encartado Ramis Padilla de 6 UTM (Unidad Tributaria Mensual) se tiene por cumplida por el mayor tiempo que ha permanecido privado de libertad el sentenciado por esta causa, a razón de la conversión de un día por cada tercio de Unidad Tributaria Mensual, por un total de 18 días”.
Los hechos
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en el 10 de diciembre de 2022, “a las 11 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima (…) conocida socialmente como Claudia, de identidad sexual transgénero, de 74 años de edad, se encontraba en su domicilio (…), hasta el lugar llegó Julio Alexis Ramis Padilla, de 39 años de edad, quien, con ánimo homicida, procede a golpear el rostro de la víctima con sus puños, causándole una fractura malar izquierda; asimismo le causó una herida en su cabeza, contuso cortante temporal derecha, además procedió a estrangularle con sus manos hasta causarle la muerte por asfixia y traumatismo cráneo facial. Luego de ello procedió a sustraer del domicilio de la víctima un parlante tipo karaoke, un computador y un carro de feria, con los que salió al exterior.”
Cabe recordar que el juicio en contra del ahora sentenciado por la muerte de la querida y conocida peluquera cartagenina, Claudia Díaz Pérez, causó molestia durante las últimas semanas, debido a que el tribunal no reconoció su identidad de género al momento de llevarse a cabo la decisión, siendo condenado por homicidio y no femicidio.