Corte dictaminó reclusión domiliaria para mujer condenada por homicidio frustrado en contra de violador de su hija

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió este martes 10 el recurso de amparo interpuesto en favor de una mujer condenada por los delitos de homicidio frustrado, violación de morada y de porte ilegal de arma de fuego y municiones, y ordenó que las penas impuestas en su contra se cumplan bajo el régimen de reclusión domiciliaria total.
Decisión de la Corte
El ministro (s) de la Corte de Valparaíso y presidente de la Cuarta Sala, Rodrigo Cortés, indicó que, “la sala entendió que no había un pronunciamiento por parte del tribunal y lo que hizo entonces es que como la decisión era infundada la dejó sin efecto y procedió a hacer lo que, nosotros estimamos, debió hacer el tribunal. En este caso, son las reglas de Bangkok, específicamente las que se hacen a través del artículo 5º de nuestra Constitución, que señala que en ciertos, casos bajo ciertas circunstancias, lo que ha sido ratificado por la Corte Suprema en reiteradas ocasiones, es que el cumplimiento de la condena se puede cumplir en el domicilio. En este caso, esta es una situación en que se están afectando los derechos de la niña, ella (la mujer condenada) tiene una hija, que está en un proceso de reparación, que está vinculado a la situación que ella vivió, que es la violación y abuso sexual del padre, a quien la madre le disparo y por eso está cumpliendo la pena”.
Es por esto que se considera que la menor está doblemente afectada por toda la situación, quien además de continuar con su proceso de reparación por el grave delito del que fue víctima, sino que además extraña la presencia de su madre, quien se encontraba privada de libertad.
“Esa es la situación que uno hace ver al momento de adoptar la decisión, la cual se podía haber adoptado por el Juzgado de Garantía, porque dentro de la normativa interna del país están los tratados internacionales. Estos son Ley de la República, se debe hacer aplicación de ellos y los tribunales están llamados siempre a hacer aplicación de ellos, y lo que se hizo fue justamente tomar estas normas, las circunstancias particulares de la madre de la menor y el interés superior de la niña para que el proceso reparativo lo realice asistido con su madre, porque las dos están afectadas”, añadió Cortés.
Fundación Pájarx entre Púas valora decisión de la Corte: “Esto marca un precedente en una Justicia con perspectiva de género”
Esta tarde, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de Amparo interpuesto a favor de Yesenia Azocar, la madre condenada por atacar al violador de su hija, permitiendo sustituir la pena de cárcel por reclusión domiciliaria total.
La acción judicial fue presentada por la Defensoría Penal Pública a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, tras el fallo en contra del Tribunal de Garantía de San Antonio, el que rechazó la Cautela de Garantía que buscaba reparar el daño a Yesenia y su hija por causas humanitarias.
Así, la Corte revocó la sentencia permitiendo a la madre volver a encontrarse con su hija mientras espera la resolución del indulto presidencial, el que fue presentado el pasado 15 de abril y que se encuentra actualmente en tramitación.
La mujer de 27 años llevaba 25 meses en prisión, luego de ser sentenciada a 5 años y un 1 día por intento de homicidio, a 3 años y 1 día por porte ilegal de armas y a 60 días por violación de morada, sumando un total de 8 años de cárcel. Esto luego de que reaccionara contra el hombre en contexto de una discusión, la que ocurrió luego de que su hija le relatara que su padre y ex pareja de Yesenia, abusara sexualmente de ella en reiteradas ocasiones desde los cuatro años de edad.
Cabe señalar que luego de que la mujer fuera condenada, se acreditó el crimen del sujeto, quien hoy cumple una condena de 18 años de presidio por violación y abuso reiterado, ambos en grado de consumados, dictaminado por el Tribunal Oral en lo Penal de San Antonio.
Para la Fundación Pájarx entre Púas, “esto marca un precedente en una justicia con perspectiva de género, por Yesenia, por su hija y por muchas mujeres que han vivido mucha violencia desde sus infancias y lamentablemente la tienen ahora encarcelada”, dijo Myr Chávez, directora de la fundación feminista que trabaja con mujeres y disidencias privadas de libertad a través del arte, cultura y Derechos Humanos.
“Estamos muy contentas con la noticia de que Yesenia va a poder por fin estar junto a su hija pero seguimos alerta: sabemos que luego de vivir el trauma de la cárcel, vienen un sin fin de situaciones que resolver y la prisión domiciliaria total no es fácil, pero confiamos en que Yesenia y su familia tendrá el apoyo necesario”.
“Por eso extendemos la petición al Presidente para que haga efectivo el indulto a Yesenia y pueda así generarse una justicia real en este caso tan emblemático y pueda ser, como decía mi compañera, el presidente para muchos otros casos más”, añadió Jangel Mota, integrante de la Fundación.
Según Catherine Ríos, abogada defensora de Yesenia Azócar, la Corte “sustituyó la pena en virtud de que la constitución lo faculta y de los tratados internacionales como la Convención Belem do para, de CEDAW y las reglas de Bangkok y Mandela, pero por sobre todo la Convención sobre los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes”.