Reformalizan a imputados por secuestro y homicidio de Jordan Bravo
La mañana de este jueves en el Juzgado de Garantía de San Antonio se realizó la reformalización de los cinco imputados que se encuentran detenidos desde marzo por el crimen ocurrido contra el joven sanantonino, quien fue sacado desde su casa en la toma Placilla, sin aun poder dar con su paradero.
El 3 de febrero un grupo de sujetos, entre ellos, los imputados, cometen el secuestro en el inmueble del imputado, ubicado en la toma de Placilla, golpeándolo y huyendo hasta la localidad de Mauco, en la comuna de Quillota.
Los imputados, identificados como H.A. C.A., J.A.C.A, H.F.M.E., M.A.R.V y M.A.R.D., se encuentran cumpliendo con la medida cautelar de prisión preventiva.
La fiscal Claudia Cancino, señaló tras la audiencia que, “se hace la solicitud porque se precisan los hechos y en definitiva se reformaliza por secuestro con homicidio, estableciendo que los imputados luego de secuestrar a la víctima, privarla de su libertad en un periodo que va entre el día de los hechos, en febrero de 2022 hasta por lo menos el día antes de su detención, el 22 de marzo de este año, los imputados además le dan muerte y proceden luego al ocultamiento de su cadáver”.
Las diligencias que se han desarrollado a prácticamente cinco meses desde la desaparición, dan cuenta que efectivamente a la víctima se le dio muerte.
“Ello considerando que la víctima es una persona que tiene familia, su madre, era muy cercano a sus hermanos, tiene además un hijo menor de edad y no tiene ningún movimiento de sus cuentas bancarias, ni su teléfono celular, el trafico de antenas registra como ultima conexión en Quillota, que corresponde al domicilio de dos de los imputados”, añadió la Fiscal.
De acuerdo a lo descrito, se han hecho varias búsquedas en terrenos, no solo PDI, sino que han ido peritos al lugar, brigadas especializadas de ubicación de personas, ha estado una brigada canina, se han hecho sobre vuelos con drones, helicóptero, entre otras.
“La búsqueda es una prioridad para esta Fiscalía, es un deber moral para esta fiscal el hacer entrega a su familia, a su madre, de su hijo. Si bien es cierto hay jurisprudencia importante en nuestro país y nuestra región, también a nivel internacional, que ha permitido obtener condenas aun cuando nosotros no tengamos el cuerpo de la víctima al momento del juicio, para nosotros es un deber moral su hallazgo”, enfatizó Cancino.
Asimismo, se indicó que las diligencias que se han realizado, “han permitido establecer lugares donde se pudo mantener a la víctima privado de libertad, se encontró un sector cercano al domicilio de un imputado que podía ser un lugar de interés, donde también han acudido peritos, encontrando un colchón completamente quemado en el exterior de una especie de cabaña, había un bidón un líquido que decía acido muriático, se levantó evidencia biológica también en un horario nocturno y se encontró los restos de una fogata cercana a ese sitio del suceso, el que al ser revisado encuentra una tarjeta bancaria que no alcanzó a quemarse en su totalidad, la cual es una tarjeta de coordenadas de un banco, cuya numeración corresponde al titular Jordan Bravo Vásquez”.
Como parte de este caso aun queda una persona con orden de detención pendiente, “poder formalizarlo y nosotros también estamos investigando a cualquier persona que haya intervenido en estos hechos, ya sea como autores o también aquellos que hayan participado como cómplices de estas personas o encubridores, de tal manera que la investigación está totalmente abierta”, agregó la Fiscal.
Audiencia
Otra de las temáticas abordada fue respecto a la cautela de garantías, esto ya que el abogado defensor expuso que en el marco de las diligencias la fiscal Claudia Cancino había concurrido hasta la cárcel en que se encuentran cumpliendo con la medida cautelar para entrevistarse con uno de los imputados.
Según lo detallado por el defensor la Fiscal fue en compañía de funcionarios de la PDI, para reunirse con uno de los representados, donde les habría planteado que arriesgaba carrera perpetua efectiva, instando a colaborar en el proceso, entre otras situaciones, lo que vulneraría el derecho a la defensa de los imputados y que este no sea impedido o perturbado.
Por su parte, la Fiscal señaló que estas diligencias se encuentran dentro de la normativa vigente, instancia además que habría sido grabada y en la cual el sujeto habría decidido acogerse a su derecho a guardar silencio.
Al termino de la audiencia, el magistrado Felipe Contreras, indicó que, “estima el Tribunal que en este caso las alegaciones de la defensa no constituyen un amague a estas garantías, en cuanto a intento de declaración o información que ha tenido la Fiscalía, ha transmitido que acudió a la cárcel para tener una entrevista con uno de los imputados, la cual no se tradujo en algún tipo de declaración. Lo cierto es que el artículo 194 del Código Procesal Penal regula la declaración del imputado ante la Fiscalía, además esto también está regulado en el articulo 98 y 91 Código Procesal Penal, tanto así que el artículo 185, el cual establece los métodos prohibidos en los interrogatorios y generalmente en todo tipo de diligencia de investigación, que puede incluso admitirse una ventaja que estuviera expresa en la ley, generalmente vinculadas con el reconocimiento de atenuantes o incluso con el ofrecimiento de algún tipo de procedimiento especial, como abreviado o simplificado. En ese sentido, la sola entrevista o solo el conocimiento a declarar o guardar silencio no constituye una vulneración a las garantías judiciales”.
Las diligencias del caso continúan, teniendo fijada la entrega de la carpeta investigativa por parte de la Fiscalía para el próximo 14 de julio.