EXTRACTO 16 SEPTIEMBRE 2024

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En causa Rol V-82-2024 1º Juzgado Civil Valparaíso, consignación valor expropiación, se expropió por Decreto MOP Nº 515 de 18 de julio de 2024, publicado 16 de agosto de 2024, para ejecución obra: CAMINO: MIRASOL
BIFURCACIÓN QUIN-TAY, RUTA F-814, indivi-dualizado en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Vialidad, lote Nº 20, Km. 1,25400 al Km. 1,31600, a nombre de MIRANDA BROSSARD FRANCISCO ARNO, rol de avalúo 269-23, comuna ALGARROBO, de 302 m², suma consignada $12.626.599.- Se instó toma de posesión material lote expropiado. Para efectos previstos Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares derechos reales constituidos anterioridad acto expropiatorio y acreedores que antes esa fecha hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten dominio expropiado o ejercicio facultades de dueño, hagan valer derechos en procedimiento de liquidación monto indemnización dentro 20 días hábiles contados desde publicación último aviso, bajo apercibimiento que transcurrido plazo no podrán hacerlos valer después sobre monto indemnización.- Secretaría.-
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En causa Rol V-82-2024 3º Juzgado Civil Valparaíso, consignación valor
expropiación, se expropió por Decreto MOP Nº 474 de 05 de julio de 2024, publicado 1 de agosto de 2024, para ejecución obra: CAMINO: MIRASOL
BIFURCACIÓN QUIN-TAY, RUTA F-814, indi-vidualizado en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Vialidad, lote 56, Km. 2,85300 al Km.2,87800, a nombre de VALLEJOS SAN MARTIN MARCELO AUGUSTO, rol de avalúo 299-3, comuna ALGARROBO, de 194 m², suma consignada $4.333.300.- Se instó toma de posesión material lote expropiado. Para efectos previstos Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares derechos reales constituidos anterioridad acto expropiatorio y acreedores que antes esa fecha hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten dominio expropiado o ejercicio facultades de dueño, hagan valer derechos en procedimiento de liquidación monto indemnización dentro 20 días hábiles contados desde publicación último aviso, bajo apercibimiento que transcurrido plazo no podrán hacerlos valer después
sobre monto indemnización.- Secretaria.
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En causa Rol V-83-2024 4 Juzgado Civil Valparaíso, consignación valor expropiación, se expropió por Decreto MOP Nº 515 de 18 de julio de 2024, publicado 16 de agosto
de 2024, para ejecución obra: CAMINO: MIRASOL BIFURCACIÓN QUIN-TAY, RUTA F-814, indivi-dualizado en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Vialidad, lote Nº 14, Km. 1,00800 al Km. 1,02500, a nombre de REYES BARRIGA MARTA CRISTINA, rol de avalúo 269-30, comuna ALGARROBO, de 46 m², suma consignada $1.398.973.- Se instó toma de posesión material lote expropiado. Para efectos previstos Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares derechos reales constituidos anterioridad acto expropiatorio y acreedores que antes esa fecha hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten dominio expropiado o ejercicio facultades de dueño, hagan valer derechos en procedimiento de liquidación monto indemnización dentro 20 días hábiles contados desde publicación último aviso, bajo apercibimiento que transcurrido plazo no podrán hacerlos valer después sobre monto indemnización.- Secretaria.
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En causa Rol V-89-2024 2º Juzgado Civil Valparaíso, consignación valor
expropiación, se expropió por Decreto MOP Nº 515 de 18 de julio de 2024, publicado 1 de agosto de 2024, para ejecución obra: CAMINO: MIRASOL
BIFURCACIÓN QUIN-TAY, RUTA F-814, indivi-dualizado en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Vialidad, lote 13, Km. 0,80600 al Km. 1,30500, a nombre de RAMIREZ AZOCAR ALEJANDRA Y OTROS, rol de avalúo 269-3, comuna ALGARROBO, de 3.732 m², suma consignada $43.756.346.- Se instó toma de posesión material lote expropiado. Para efectos previstos Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares derechos reales constituidos anterioridad acto expropiatorio y acreedores que antes esa fecha hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten dominio expropiado o ejercicio facultades de dueño, hagan valer derechos en procedimiento de liquidación monto indemnización dentro 20 días hábiles contados desde publicación último aviso, bajo apercibimiento que transcurrido plazo no podrán hacerlos valer después sobre monto indemnización.- Secretaría.-
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Quinto Juzgado Civil de Valparaíso, en causa Rol V-65-2024, consignación valor expropiación, se encuentra consignada la suma de $4.948.261.- para el Lote N° 18, Km. 1,17000 al Km. 1,20800, individualizados en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Vialidad, superficie 109 m². Rol de avalúo 269-25 comuna ALGARROBO,
Región de Valparaíso, figura nombre MOLINA NUNEZ ALONSO MAXI-MILIANO, dispuesta por DS Nº 431 de 24 de junio de 2024, publicado Diario Oficial 15 de julio de 2024 y el Líder de San Antonio 15 de julio de 2024, necesario ejecución obra CAMINO: MIRASOL BIFURCACIÓN QUINTAY, RUTA F-814, comuna Algarrobo, Región de Valparaíso, con siguientes deslindes. Lote Nº 18, Norte: CAMINO PUBLICO Y LOTE N°19; Sur: RESTO DEL PREDIO Y LOTE N°17; Este: RESTO DEL PREDIO; Oeste: CAMINO PUBLICO. Para efectos previstos art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares
derechos reales constituidos anterioridad acto expropiatorio y acreedores que antes esa fecha hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten dominio expropiado o ejercicio facultades de dueño, hagan valer derechos en procedimiento de liquidación monto indemnización dentro 20 días
hábiles contados desde publicación último aviso, bajo apercibimiento que
transcurrido plazo no podrán hacerlos valer después sobre monto indemnización.- Secretaría. (S)
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En causa Rol V-67-2024 3º Juzgado Civil Valparaíso, consignación valor expropiación, se expropió por Decreto MOP Nº 392 de 14 de junio de 2024, publicado 15 de julio de 2024 en Diario Oficial, para ejecución obra CAMINO: MIRASOL BIFURCACIÓN QUINTAY, RUTA F-814, individualizado en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Vialidad, Lote 81, Km. 3,64800 al Km. 3,69500, a nombre de CEA AZOCAR VIVIANA SOLEDAD, rol de avalúo 278-323, comuna ALGARROBO, de 347 m², suma consignada $4.392.230.- Se instó toma de posesión material lote expropiado. Para efectos previstos Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares derechos reales constituidos anterioridad
acto expropiatorio y acreedores que antes esa fecha hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten dominio expropiado o ejercicio facultades de dueño, hagan valer derechos en procedimiento de liquidación monto indemnización dentro 20 días hábiles contados desde publicación último aviso, bajo apercibimiento que transcurrido plazo no podrán hacerlos valer después sobre monto indemnización.- Secretaría.-
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En causa Rol V-68-2024 3º Juzgado Civil Valparaíso, consignación valor expropiación, se expropió por Decreto MOP Nº 352 de 05 de junio de 2024, publicado 1 de julio de 2024 en Diario Oficial, para ejecución obra CAMINO: MIRASOL BIFURCACIÓN QUINTAY, RUTA F-814, individualizado en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Via-lidad, Lote 29, Km. 1,60100 al Km. 1,69800, a nombre de ESPINOZA
VENEGAS ESTRELLA DEL CARME, rol de avalúo 1290-81, comuna ALGARROBO, de 719 m², suma consignada $21.659.604.- Se instó toma de posesión material lote expropiado. Para efectos previstos Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares derechos reales
constituidos anterioridad acto expropiatorio y acreedores que antes esa fecha hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten dominio expropiado o ejercicio facultades de dueño, hagan valer derechos en procedimiento de liquidación monto indemnización dentro 20 días hábiles contados desde publicación último aviso, bajo apercibimiento que transcurrido plazo no podrán hacerlos valer después sobre monto indemnización.- Secretaria.
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En causa Rol V-70-2024 CUARTO Juzgado Civil Valparaíso, consignación valor expropiación, se expropió por Decreto MOP Nº 392 de 14 de junio de 2024, publicado 15 de julio de 2024 en Diario Oficial, para ejecución obra: CAMINO: MIRASOL BIFURCACIÓN QUINTAY, RUTA F-814, individuali-zado en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Vialidad, lote 82, Km. 3,69500 al Km. 3,74200, a nombre de CEA AZOCAR VIVIANA SOLEDAD, rol de avalúo 278-324, comuna ALGARROBO, de 323 m², suma consignada $4.612.523.- Se instó toma de posesión material lote expropiado. Para efectos previstos Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares derechos reales constituidos anterioridad acto expropiatorio y acreedores que antes esa fecha hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten dominio expropiado o ejercicio facultades de dueño, hagan valer derechos en procedimiento de liquidación monto indemnización dentro 20 días hábiles contados desde publicación último aviso, bajo apercibimiento que transcurrido plazo no podrán hacerlos valer después sobre monto indemnización.- Secretaria.-
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En causa Rol V-71-2024 1º Juzgado Civil Valparaíso, consignación valor expropiación, se expropió por Decreto MOP Nº 432 de 24 de junio de 2024, publicado 15 de julio de 2024 en Diario Oficial, para ejecución obra: CAMINO: MIRASOL BIFURCACIÓN QUINTAY, RUTA F-814, individualizado en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Vialidad, Lote 3, Km. 0,07600 al Km. 0,20400, a nombre de DONOSO SANCHEZ CLAUDIA JENNIFFER, rol de avalúo 270-15, comuna ALGARROBO, de 768 m², suma consignada $21.689.885.- Se instó toma de posesión material lote expropiado. Para
efectos previstos Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares derechos reales constituidos anterioridad acto expropiatorio y acreedores que antes esa fecha hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten dominio expropiado o ejercicio facultades de dueño, hagan valer derechos en procedimiento de liquidación monto indemnización dentro 20 días hábiles contados desde publicación último aviso, bajo apercibimiento que transcurrido plazo no podrán hacerlos valer después sobre monto indemnización.- Secretaría.-
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En causa Rol V-74-2024 2º Juzgado Civil Valparaíso, consignación valor expropiación, se expropió por Decreto MOP Nº 410 de 24 de junio de 2024, publicado 15 de julio de 2024 en Diario Oficial, para ejecución obra: CAMINO: MIRASOL BIFURCACIÓN QUINTAY, RUTA F-814, individualizado en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Via-lidad, Lote 90, Km. 4,01400 al Km. 4,08800, a nombre de PACHECO SANCHEZ MARIA ISABEL, rol de avalúo 267-1, comuna ALGARROBO, de 233 m², suma consignada $7.558.719.-
Se instó toma de posesión material lote expropiado. Para efectos previstos Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares derechos reales constituidos anterioridad acto expro-piatorio y acreedores que antes esa fecha hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten dominio expropiado o ejercicio facultades de dueño, hagan valer derechos en procedimiento de liquidación monto indemnización dentro 20 días hábiles contados desde publicación último aviso, bajo apercibimiento que transcurrido plazo no podrán hacerlos valer después sobre monto indemnización.- Secretaría.-
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En causa Rol V-75-2024 2º Juzgado Civil Valparaíso, consignación valor expropiación, se expropió por Decreto MOP Nº 393 de 14 de junio de 2024, publicado 15 de julio de 2024 en Diario Oficial, para ejecución obra CAMINO: MIRASOL BIFURCACIÓN QUINTAY, RUTA F-814, individualizado en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Via-lidad, Lote 75, Km. 3,38530 al Km. 3,39550, a nombre de INMOBILIARIA E INVERSIONES TRES R Y, rol de avalúo 270-108, comuna ALGARROBO, de 24 m², su-ma consignada $515.026.- Se instó toma de posesión material lote expropiado. Para efectos
previstos Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares derechos reales constituidos anterioridad acto expropiatorio y acreedores que antes esa fecha hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten dominio expropiado o ejercicio facultades de dueño, hagan valer derechos en procedimiento de liquidación monto indemnización dentro 20 días hábiles contados desde
publicación último aviso, bajo apercibimiento que transcurrido plazo no podrán hacerlos valer después sobre monto indemnización.- Secretaría.-
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Quinto Juzgado Civil de Valparaíso, en causa Rol V-79-2024, consignación valor expropiación, se encuentra consignada la suma de $80.045.857.- para el Lote N° 6, Km. 0,30200 al Km. 0,60770, individualizados en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Via-lidad, superficie 2.154 m². Rol de avalúo 609-15 comuna ALGARROBO, Región de Valparaíso, figura nombre NUNEZ URBINA GLORIA MIRTA Y OTROS, dispuesta por DS Nº 466 de 05 de julio de 2024, publicado Diario Oficial 1 de agosto de 2024 y el Líder de San Antonio 1 de agosto de 2024, necesario ejecución obra MEJORAMIENTO RUTA F-840, LAS DICHAS – MIRASOL, comuna CASABLANCA, Región de Valparaíso, con siguientes deslindes. Lote Nº 6, Norte: CAMINO PÚBLICO; Sur: RESTO DEL PREDIO; Este: RESTO DEL PREDIO; Oeste: CAMINO PÚBLICO Y LOTE N° 5. Para efectos previstos art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares derechos reales
constituidos anterioridad acto expropiatorio y acreedores que antes esa fecha hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten dominio expropiado o ejercicio facultades de dueño, hagan valer derechos en procedimiento de liquidación monto indemnización dentro 20 días hábiles contados desde publicación último aviso, bajo apercibimiento que transcurrido plazo no podrán hacerlos valer después sobre monto indemnización.- Secretaría (s)
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En causa Rol V-80-2024 3º Juzgado Civil Valparaíso, consignación valor
expropiación, se expropió por Decreto MOP Nº 515 de 18 de julio de 2024, publicado 1 de agosto de 2024, para ejecución obra: CAMINO: MIRASOL
BIFURCACIÓN QUIN-TAY, RUTA F-814, indivi-dualizado en los planos y cuadros de expropiación elaborados por la Dirección de Vialidad, lote 19, Km. 1,20800 al Km. 1,25400, a nombre de ROJAS OLMEDO CONSTANZA DE LA LUZ, rol de avalúo 269-24, comuna ALGARROBO, de 132 m², suma consignada $4.516.981.- Se instó toma de posesión material lote expropiado. Para efectos previstos Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares derechos reales constituidos anterioridad acto expropiatorio y acreedores que antes esa fecha hayan obtenido resoluciones judiciales que embaracen o limiten dominio expropiado o ejercicio facultades de dueño, hagan valer derechos en procedimiento de liquidación monto indemnización dentro 20 días hábiles contados desde publicación último aviso, bajo apercibimiento que transcurrido plazo no podrán hacerlos valer después
sobre monto indemnización.- Secretaria.