LA DESTRUCCION DEL BOSQUE NATIVO

ELPROA
El Diario de San Antonio

Anualmente la ley dice que las únicas especies que no se pueden cortar son el alerce y las araucarias. El resto de las especies nativas se pueden cortar o explotar si tienen un Plan de Manejo aprobado por la CONAF. Este está definido por ley como el “plan que regula el uso y aprovechamiento racional de los recursos naturales renovables de un terreno determinado, con el objeto de obtener el máximo beneficio de ellos, asegurando al mismo tiempo la conservación, mejoramiento y acrecentamientos de dichos recursos.

Sin embargo, el proyecto de ley en su estudio contemplaba la posibilidad de talar el bosque nativo en cualquier lugar que tuviese menos de 45% de pendientes y la alternativa de reemplazarlo por especies extranjeras, aun cuando sobre este último punto no existiese unanimidad entre los miembros de la comisión Especial Forestal asesora del Ministerio de Agricultura.
Es necesario considerar que cuando se habla de un 45% de pendiente ello corresponde a un 22% de inclinación lo que, en cerros rocosos, con poco drenaje y profundidad, puede producir erosión.
Por ello no es aconsejable según los expertos, referirse sólo a la pendiente sin considerar el tipo de suelo sobre el cual está asentado el bosque. Y había un punto en el proyecto de ley en que tanto Comisión Nacional Forestal como los defensores de la naturaleza están de acuerdo: la necesidad de un catastro forestal nacional. La diferencia radica en que para los primeros esto se podría desarrollar en forma paralela al proceso comercial del bosque. Para los segundos, es uno de los requisitos más importantes y previo a cualquier legislación en este campo.
En tanto científicos, académicos y conservacionistas, en una carta enviada al Presidente de la República, expresan que “es necesario poner término a la sustitución masiva del bosque nativo por monocultivos de especies exóticas, sin existir estudios o planificación adecuada”. Son enfáticos al señalar que para que “se verifique, es necesario un catastro que precise las superficies reales cubiertas actualmente por los tipos forestales del bosque nativo” y agregan que este catastro debe hacerse a la brevedad”.
 Por su parte el CODEFF ha expresado que existe consenso sobre la necesidad de un catastro de los recursos forestales del país, el cual debería estar orientado a cuantificar y diagnosticar el estado de conservación en forma detallada de los distintos tipos forestales. Creemos señala al CODEFF, que esto tiene mayor validez que lo propuesto que pretende únicamente definir los bosques que están ubicados en suelos bajo una determinada condición de pendiente.”
Lo que nos deja bien en claro, en tanto no exista un catastro del bosque nativo. Nunca se sabrá de donde proviene el producto y si éste corresponde a los terrenos autorizados por la ley. Esto es lo que ha sucedido hasta hoy.
Esos bosques, una vez arrasados y reemplazados por especies extranjeras, nunca más volverán a ocupar su lugar en nuestros ecosistemas. Junto con ellos deberán emigrar flora, fauna, cursos de agua, rica tierra vegetal y millones de microorganismos que desaparecerán junto con el suelo levantado por el viento, transportado por la lluvia o compactado por falta de cubierta vegetal.
Desgraciadamente … ¡ESAS PALABRAS PIERDEN VALOR CUANDO LAS ACCIONES NO COINCIDEN!… ya nos queda muy poco nativo y los grandes empresarios con altas ganancias gracias a la depredación forestal.
Pedro Cruz