Cementerios simbólicos: patrimonio que se debe proteger

Los cementerios simbólicos constituyen una de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial más singulares de Chile y del mundo. Vinculada a la desaparición de pescadores en el mar, esta práctica funeraria ancestral permite a las familias y comunidades otorgar un espacio de memoria y homenaje a quienes nunca pudieron regresar desde los océanos. Su relevancia trasciende el ámbito cultural, proyectándose también al plano jurídico nacional e internacional como una expresión profundamente arraigada en las tradiciones de las comunidades costeras del país.
Presente en distintos territorios de nuestro litoral, esta tradición posee una antigüedad superior a tres siglos y refleja la forma en que las comunidades han enfrentado históricamente la ausencia de quienes desaparecen en el mar. Uno de los casos más representativos es el de Caleta Tumbes en la Región del Biobío, donde esta práctica fue incorporada en 2021 al Inventario del Patrimonio Cultural Inmaterial de Chile, reconociendo los conocimientos, saberes y ritos asociados a la desaparición de pescadores en el mar.
Este reconocimiento se vincula con las obligaciones que nuestro país asume respecto de la protección y promoción del patrimonio cultural de la Nación, conforme al artículo 19 N.° 10 de la Constitución. En este contexto, el resguardo estatal comprende no solo monumentos o bienes materiales, sino también expresiones inmateriales que forman parte de la identidad, memoria e historia de las comunidades.
A nivel internacional, este compromiso se fortalece mediante la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, promulgada en Chile por el Decreto N.° 11 del Ministerio de Relaciones Exteriores de 2009. Este instrumento busca garantizar la protección, valoración y transmisión del patrimonio cultural inmaterial.
Especial importancia adquieren sus artículos 11 y 12, que obligan a los Estados a identificar, definir y proteger estas manifestaciones mediante la participación de las comunidades, además de elaborar inventarios que permitan su registro y seguimiento.
Las prácticas asociadas a los cementerios simbólicos trascienden cualquier realidad local. Su resguardo constituye no solo una tarea cultural y comunitaria, sino también el cumplimiento de obligaciones constitucionales e internacionales destinadas a preservar expresiones identitarias profundamente ligadas a la historia, memoria y relación de las comunidades costeras con el mar. Resguardar este patrimonio significa reconocer que las tradiciones también son parte de la riqueza cultural de Chile y que su conservación fortalece la identidad colectiva de las generaciones presentes y futuras.
Ulises Medina Académico Carrera de Derecho Universidad de Las Américas, Sede Concepción










