Condenan a 10 años y un día a autor de violación reiterada a menor de 14 años
Tribunal determinó que la pena es efectiva y se le condenó además a penas accesorias.
La Fiscal Javiera Torres, especializada en Delitos Sexuales de San Antonio estuvo a cargo del juicio que se desarrolló en el Tribunal Oral en Lo Penal de la comuna en contra de un imputado de 69 años a la fecha por el delito de violación reiterada a menor de 14 años, ilícito cometido durante los años 2011 a 2015, en fechas no determinadas, en un domicilio de Llolleo.
Según se expuso en juicio, la víctima era nieta de la pareja en esa fecha del condenado. “Los delitos comienzan cerca de los 10 años de la víctima, ella visitaba con frecuencia la casa de la abuela materna y el acusado era la pareja de la abuela, su conviviente; en ese contexto se inician los hechos y en año 2014 se determina que el cuidado personal de la víctima queda radicado en la abuela y se continúan los hechos. El año 2015 la víctima devela esta circunstancia activando el proceso penal”, expuso durante el juicio la Fiscal Torres.
El acusado rechazó su derecho a guardar silencio y prestó declaración al inicio del juicio, donde el Ministerio Público presentó prueba pericial, testimonial, documental y otros medios de prueba para lograr acreditar los hechos materia de la acusación por parte del Tribunal.
Antecedentes que fueron ponderados por la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, constituida por los jueces Edgardo Castro Fuentes, Héctor Galleguillos Carmona y Rosa Caballero Burgos, quien condenó al acusado como autor del delito de violación reiterada.
“La participación del encartado es de autor ejecutor conforme lo dispone el artículo 15 N°1 del Código Penal, la que quedó establecida con la prueba de cargo, toda vez que la ofendida lo sindicó inequívocamente como el autor de las conductas lesivas acreditadas que ella sufrió, de la entonces pareja de su abuela materna. Lo anterior fue ratificado por la declaración de los demás testigos de cargo, en las cuales se aprecia que la ofendida también dio cuenta de que su agresor sexual fue el encartado, descartando con ello el fenómeno de desplazamiento de la figura agresora, no forjando dudas en estos jueces de su autoría en los hechos”, señala la sentencia.
El Tribunal condenó al acusado como autor de un delito consumado de violación de menor de 14 años en carácter de reiterado, previsto y sancionado en el artículo 362 del Código Penal, a sufrir la pena única de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio, junto con las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa y a la sujeción de vigilancia de la autoridad por un periodo de 10 años, siguiente al cumplimiento de la pena principal.
Además, se le condenó a la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.