Dunas de Concón: Segundo Tribunal Ambiental realizará inspección en terrenos donde se emplaza proyecto inmobiliario de Reconsa

El lunes 10 de enero, el Segundo Tribunal Ambiental llevará a cabo una inspección personal de sus ministros en los terrenos en que se emplaza el proyecto “Urbanización y loteo Costa de Montemar VI etapa” de la empresa Reconsa en las dunas de Concón, Región de Valparaíso.

La diligencia se realiza en el marco del análisis de la reclamación interpuesta por la Corporación Pro-Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar y la Fundación Jorge Yarur Bascuñán en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por la aprobación del programa de cumplimiento presentado por la empresa.

Al respecto, cabe recordar que,en agosto de 2020, la SMA formuló un cargo contra la empresa por la ejecución del proyecto en el área protegida “Santuario dela Naturaleza Campo Dunar de la Punta de Concón” y afectación de duna adyacente, al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La infracción fue clasificada como gravísima.

Los reclamantes solicitan que el Tribunal declare que la resolución de la SMA que aprobó el programa de cumplimiento y suspendió el procedimiento sancionatorio es ilegal, ordenando al ente fiscalizador dictar una nueva resolución.

“Mediante el pronunciamiento emitido, la Superintendencia del Medio Ambiente avala y descarta, erróneamente, los efectos de un proyecto inmobiliario ejecutado al margen de la normativa ambiental. Con ello, no sólo respalda la vulneración de un derecho fundamental, sino que falta a su deber de tutelar la preservación de la naturaleza al no hacer cumplir la normativa ambiental vigente y condicionar el Estudio de Impacto ambiental que deberá realizarse”, alegan.

En tanto, la SMA solicita al Tribunal que rechace la reclamación en todas sus partes, declarando que la resolución reclamada es legal y fue dictada conforme a la normativa vigente.

El ente fiscalizador explica que mediante la aprobación del programa de cumplimiento de Reconsa, “lo que se ha perseguido es precisamente que el titular vuelva al cumplimiento de la normativa ambiental y se haga cargo de los efectos ambientales de su infracción, sobre todo teniendo en cuenta que la acción principal del PDC es el ingreso al SEIA del proyecto por un EIA. En definitiva, lo que se busca es que el proyecto en elusión sea evaluado ambientalmente, protegiendo así el medio ambiente, conforme a los fines propios del SEIA”.