Seremi de Economía comenzó proceso de difusión de Fogape y Alivio de Deuda Tributaria dirigido a MiPymesy municipios en la región

Seremi de Economía, Fomento y Turismo de la región de Valparaíso, Christian Inostroza, junto al director de la Tesorería Regional de la República, Andrés Castillo y el subgerente Regional de BancoEstado Microempresa, Mario Castillo, realizaron charla informativa dirigida a MiPymes y municipios de la provincia de Valparaíso.
En la oportunidad dirigentes gremiales de MiPymes y municipios de la provincia pudieron aclarar dudas sobre los requisitos para ambos procesos.
Con una charla sobre Fogape Chileapoya y la nueva Ley de Alivio Deuda Tributaria dirigida a mipymes y municipios de la provincia de Valparaíso el Seremi de Economía, Fomento y Turismo, Christian Inostroza, inició el proceso de difusión de estas medidas en la región, donde estuvieron exponiendo representantes de Banco Estado y la Tesorería Regional de la República.
El Seremi de Economía, Fomento y Turismo de la región de Valparaíso, Christian Inostroza, sostuvo que “esto forma del compromiso del gobierno de nuestro presidente, Gabriel Boric, y del codiseño de políticas públicas enmarcado dentro del trabajo de la Mesa Mimpyme nacional y regional e integra las medidas de reactivación inclusiva de Chile Apoya”.
“En ese sentido, invitamos a todas las MiPymes de la región de Valparaíso que se han visto afectadas por la pandemia y el estallido social a qué postulen tanto al Fogape, como Alivio de Deuda Tributaria, para eso les invitamos a informase a través de los canales oficiales del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y del Gobierno de Chile, dónde estaremos a su disposición para poder orientarles y ayudarles” agregó Inostroza.
Por su parte, Andrés Castillo, Tesorero Regional de la República en Valparaíso señaló que “para nosotros es súper relevante, primero informar a los contribuyentes de los beneficios que tienen, segundo, el que se puedan acoger porque también nos ayuda a la gestión de cobro que nosotros tenemos en cuanto a la presión que tenemos que ejercer con ellos. Tercero, en lo que significa la recaudación tributaria y las necesidades que tiene el país en cuanto a mayor recupero”.
“Hoy (para acceder) está la oficina virtual en el portal web de la Tesorería General de la República, en una semana más aproximadamente va a salir a través de la página de internet y solamente tienen que contar con su clave única las personas naturales o su clave tributaria las personas jurídicas, va a estar el link donde aparece el beneficio tributario y los pasos que tienen que seguir para optar. También lo pueden hacer en cualquier oficina presencial de la Tesorería a lo largo de todo Chile” cerró Castillo.

Fogape Chileapoya
Es un financiamiento para capital de trabajo, inversión y refinanciamiento con un tasa máxima TPM+5%, el que no paga impuesto de timbres y estampillas, sin comisión de prepago, sin costo de comisión en la garantía para las empresas beneficiarias. Su primer Vencimiento a los 12 meses de solicitado el crédito (con posibilidad de renunciar a este beneficio).
¿Quiénes pueden acceder a este FOGAPE?
• Todas las microempresas (hasta 2.400 UF de ventas anuales) podrán acceder a este beneficio.
• Las pequeñas y medianas empresas (Más de 2.400 UF y menos de 100.000 UF de ventas anuales) solamente deberán cumplir con unos de estos criterios (no es necesario que cumplan con todos, solo uno)
• Pertenecer al grupo de 276 actividades económicas definidas como priorizadas.
• No haber recibido créditos en los programas FOGAPE COVID-19 o FogapeReactiva.
• Haber sido afectada por el estallido social o por eventos de violencia rural.
Las instituciones que entregarán FOGAPE son: Banco Estado, Banco Internacional, Banco de Chile, Scotiabank,Bci, Itaú CorpBanca, Banco Bice, Banco Santander, Banco Security, Banco Consorcio, CooperativaLautaro Rosas,Coopeuch*,Oriencoop* (*Solamente para Microempresas), Maxxa**, Scotiabank, Finfast**, Inge Sagr.** (** Instituciones de Garantía Recíproca).
Aliviode Deuda Tributaria
• Convenios de pago hasta en 48 cuotas.
• Condonación del 100% de interesas y multas.
• Sin pie inicial cuando el convenio tenga al menos un impuesto vencido en el período entre el 31 de octubre de 2019 y el 30 de junio de 2022.
• Beneficio para impuestos adeudados hasta el 30 de junio de 2022.
RequisitosAlivio de Deuda Tributaria
• MiPymes que cumplan con los requisitos para acogerse al régimen ProPyme o Renta Presunta.
• Sin embargo, no es necesario estar acogido al régimen ProPyme sino solamente cumplir con los requisitos de este esquema tributario.
• Se podrá acceder a este beneficio desde el lunes5 de diciembre y hasta el 30 de abril de 2023.